Los responsables de muchos talleres se enfrentan, en ocasiones, al abandono de los vehículos por parte de propietarios que no acuden a pagar la factura o recoger el presupuesto. Así, se convierten en depositarios de un bien ajeno que supone diversos problemas para los negocios de reparación que se ven afectados, por lo que necesitan buscar una solución legal a este problema.
Y es que, según la asociación de talleres Atreve, los vehículos abandonados son un problema de primer orden para los talleres. No en vano, a finales de 2019, la Dirección General de Tráfico alertaba de que el año anterior el número de casos se había incrementado un 29% atendiendo al número de coches que los talleres habían enviado al desguace. “Fueron en total más de 5.600, aunque el problema real, sin duda, tiene cifras más abultadas”, explican desde la entidad.
Según advierten, el abandono de un coche en el taller no solo es un problema económico, en cuanto a que se trata de una reparación que no se va a realizar o, en su defecto, de una reparación impagada. Representan también un grave inconveniente por el espacio que ocupan y que no puede destinarse a otros trabajos.
¿Cómo actuar ante coches abandonados en el taller?
La normativa establece unas consecuencias para el caso en que el cliente deje abandonado el vehículo en el taller sin pagar la reparación efectuada o sin retirar el vehículo que no se va a reparar.
El procedimiento que han de seguir los talleres, según recuerda la patronal, para deshacerse de estos “muertos” se reguló en el artículo 86 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, de reforma de la Ley de Seguridad Vial.
De esta forma, si el propietario de vehículo depositado en el taller, como consecuencia de una avería o un accidente, no lo ha retirado en el plazo de dos meses, se puede solicitar el tratamiento residual del mismo, es decir, enviarlo al desguace.
¿Qué tramites han de seguirse? Primero, el taller ha de hacer un requerimiento civil de retirada del vehículo a su titular, enviándoselo por burofax, carta certificada, requerimiento notarial u otra forma de notificación fehaciente. En dicho requerimiento, se llamará al propietario a retirar el vehículo.
Expediente de tratamiento residual
Si la medida anterior no surte efecto, se ha de rellenar el expediente de tratamiento residual del vehículo, y enviarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico junto con el que se deberá adjuntar la documentación que acredite la identidad y propiedad del taller, la copia del requerimiento realizado al interesado o interesada, documentación que acrediten la estancia del vehículo en el recinto -bien sea el parte de la recogida por accidente o avería, el presupuesto de reparación, o el resguardo del depósito-.
Transcurrido el plazo de un mes desde la notificación del requerimiento, y a la vista de las alegaciones presentadas en su caso por el titular del vehículo, el Jefe Provincial de Tráfico dictará la resolución en la que autoriza o deniega el tratamiento residual del vehículo.
Gastos de estancia
Por otra parte, el taller podrá cobrar a su cliente gastos de estancia, según recuerda la patronal, cuando, confeccionado el presupuesto o bien ya reparado el vehículo, y puesto en conocimiento del usuario este hecho, este no se pronuncie sobre la aceptación o no del presupuesto y tampoco proceda a retirar el vehículo en el plazo de tres días hábiles.
Dichos gastos de estancia solo procederán cuando el vehículo se encuentre en locales bajo custodia del taller y por los días que excedan del citado plazo. Eso sí, al margen de que el taller de reparación dé los pasos necesarios para que el coche sea retirado y enviado al desguace, el negocio afectado puede reclamar vía judicial las deudas pendientes.
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